lunes, 10 de diciembre de 2012

Como conseguir un arma de fuego para cargarte a la suegra.



Hay que empezar a matar gente: la familia política que te desprecia, la alumna universitaria que participa en todas las clases y siempre se opone a que se cambien las horas lectivas para hacer puente, el jefe que considera que las horas extra son algo que no se tiene que pagar, el camarero que te llama listillo y se ríe en tu cara por pedirle una hoja de reclamaciones, la amiga de tu madre que te llama guarra a la cara por tener una falda corta... 

En Estados Unidos lo tienen más fácil, teniendo como tienen una constitución con una segunda enmienda que establece que el derecho del Pueblo a tener y portar armas no será vulnerado; lo que permite, en aras de la seguridad de los hogares, familias y niños, la posesión de rifles de asalto automáticos, armas de francotirador y jodios lanzallamas del demonio, con los cuales ejercer la legítima defensa proporcional, único motivo por el cual se puede utilizar un arma en ese país.

¿Y en España? ¿Como nos convertimos en unos motherfuckers? Un buen sitio donde informarse es la Asociación Nacional del Arma; página que recomiendo si estáis interesados en la posibilidad de adquirir un arma (pero no si queréis cargaros a alguien, que no quiero que me acusen de inductor de delitos; malagente, que sois unos malagente).

Como principio, dice aquí nadie podrá llevar ni poseer armas de fuego en territorio español sin disponer de la correspondiente autorización expedida por los órganos administrativos competentes. Por tanto, la tenencia y uso de armas precisará de la licencia de armas correspondiente. Existen varias categorías, de las cuales nos interesan las clásicas:
  • Licencias de armas tipo "B". Destinadas a particulares, siendo licencias para defensa personal, teniendo las mismas carácter restrictivo (acceder a las mismas presenta cierta dificultad, hay que acreditar motivos de peso); las cuales nos permiten poseer armas de fuego cortas, es decir, pistolas y revólveres.
  • Licencias de armas tipo "D". Destinadas para la Caza mayor, que nos permite poseer escopetas de cazas (eso si, guardadas en cámara acorazada).
Por tanto, desmintiendo el mito común, está perfectamente permitido la posesión de armas de fuego en España; solo que las mismas tienen un carácter muy restrictivo (con unas pruebas de acceso bastante controladas además de un sistema de vigilancia sobre los propietarios).

Así que solo tenéis que elegir entre los dos métodos clásicos para acabar con la suegra: la recortada o la escopeta de doble posta ( aquí, como al tomarse el café, supongo, cada uno tendrá sus gustos).

Y para terminar, un consejo, en la página de la guardia civil  dejan muy claro que lo normal en la autorización es para la posesión de armas dentro de casa. Así que disimulad hombre, disimulad.



Monsieur le Tupé.

2 comentarios:

  1. Por 310 dólares el jodío lanzallamas del demonio, estoy tardando en nacionalizarme yanqui.

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    Respuestas
    1. ¿Te has fijado en su función: "Flame weeds and brush in your yard"?

      Claaaaaaaro. Para quemar hojas está ese petardo xD

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